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El vice-Gobernador del estado de Sonora á todos sus habitantes, sabed: Que el Congreso del mismo estado ha decretado lo que sigue. Núm. 6. ... Art. 1.⁰ Se deroga el decreto número 41 de 25 de noviembre de 1834. 2.⁰ En consecuencia las administraciones de rentas, los ensayes y las receptorias del estado no haran otros pagos que los precisos de recaudacion señalados ó que se señalen con arreglo á las leyes

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