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El Gobernador constitucional del estado de Sonora á todos sus habitantes, sabed: que el Congreso del mismo estado ha decretado lo que sigue. Núm. 99 ... Artículo 1.⁰ Desde la publicacion de esta ley se pagará un cinco por ciento de alcabala en toda venta ó cambio de predios rústicos, urbanos y terrenos eriazos

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